La Comuna de La Cumbrecita dio a conocer la resolución de presidencia comunal a través de la cual se procede a la quita del 100% y del 50% en tasa de comercio, industria y turismo.
La misma se puso en marcha desde la publicación de la resolución N° 699/21, atendiendo la situación por la que atraviesa la comunidad en un contexto de pandemia mundial.
A continuación el contenido de los tres artículos.
Art. 1°: EXIMIR del pago del cien por ciento (100%) de la Tasa por Servicios a la Actividad Comercial, Industrial y de Servicios, correspondiente a los meses de mayo y junio, a todos los
establecimientos que no hayan tenido actividad Comercial, Industrial y/o de Servicios alguna durante la vigencia del DECNU 287/2021 de fecha 01/05/2021 y sus posteriores prórrogas, desde el 1 de mayo y hasta el 30 de junio del corriente año, previa constatación del Área de Inspectoría comunal.
Art. 2°: EXIMIR del pago del cincuenta por ciento (50%) de la Tasa por Servicios a la Actividad Comercial, Industrial y de Servicios correspondiente a los meses de mayo y junio, a todos los establecimientos que hayan mantenido su actividad Comercial, Industrial y/o de Servicios durante la vigencia del DECNU 287/2021 de fecha 01/05/2021 y sus posteriores prórrogas, desde el 1 de mayo y hasta el 30 de junio del corriente año, previa constatación del Área de Inspectoría comunal.-
Art. 3°: DISPONER que la solicitud de eximición deba ser presentada por el titular del establecimiento comercial, mediante nota firmada al efecto, por los canales virtuales y
presenciales habilitados por la Comuna, con anterioridad al día 10 de julio de 2021.-