Carta Abierta de Organizaciones y otros Defensores Ambientales en Resistencia frente al avance contra el Ambiente en el Valle de Paravachasca.
Al Poder Judicial de la Provincia de Córdoba,
en especial, a la Cámara Contencioso Administrativa de 2° Nominación de la
ciudad de Córdoba, y sus integrantes:
Vocales Leonardo Fabián Massimino, Angel Antonio Gutiez y Gabriela
Adriana Cáceres,al Fiscal Diego Fernández de la Fiscalía de 1° turno de Instrucción de Alta
Gracia a la Jueza de Paz Vilma Rodríguez de Alta Gracia.
Ante los hechos de público conocimiento por el cual maquinaria pesada a cargo de la
empresa Paolini Hnos, contratada por caminos de las sierras S.A., comenzaron hace
pocos días con intervenciones de desmonte total y grandes movimientos de suelo, en
zonas de monte en inmediaciones del tramo comprendido entre La Serranita y Villa
Ciudad América, Ruta 5 km 46, Valle de Paravachasca, provincia de Córdoba;
Frente a la ineficacia del amparo ambiental que tramita desde Agosto del 2021 ante la
Cámara Contencioso Administrativa de 2° Nominación de la ciudad de Córdoba,
en el que, al igual que en el resto de acciones judiciales, la omisión del dictado de
medida cautelar u otras medidas de resguardo ambiental y vecinal, ha generado que se
llegue a la situación actual de trabajadores a cargo de máquinas de gran porte
dispuestos en contra de defensores ambientales que ponen en riesgo su integridad, en
pos de evitar daños irreversibles mientras avanzan las discusiones legales;
Atentos al despliegue policial instado con orden de desalojo suscripto por autoridades
de Alta Gracia, que desconocen los derechos de acceso a la justicia así como el
resguardo de la libertad y la integridad de los defensores de derechos humanos en
asuntos ambientales;
Las organizaciones, vecinos, vecinas y demás personas preocupadas y reunidas en el
lugar donde comenzaron las intervenciones al ambiente, nos dirigimos a ustedes por
medio de esta carta abierta con el fin de solicitarles sin más dilación:
– Que GARANTICEN el DERECHO AL AMBIENTE como DERECHO HUMANO
de rango constitucional.
– Que GARANTICEN la integridad del ambiente y la evitación de daños
irreversibles que agravan la situación ya precaria del afectado monte nativo
cordobés, su flora, fauna y biodiversidad.
– Que GARANTICEN los derechos de acceso a la justicia en forma efectiva, lo
que implica asegurando la integridad del ambiente con el dictado de medidas
cautelares adecuadas ordenadas a tiempo, bajo el criterio de la Corte
Suprema de Justicia de la Nación y sin exigencias de prueba imposible o
rigorismo formal que no pueden estar jamás por encima de la protección de
derechos humanos en asuntos ambientales, desconociendo los hechos
evidentes.
– Que GARANTICEN un entorno seguro y propicio en el que las personas,
grupos y organizaciones que nos encontramos defendiendo los derechos
humanos en asuntos ambientales, podamos actuar sin amenazas,
restricciones ni inseguridad, PROTEGIENDO nuestro derecho a la vida,
integridad personal, libertad de opinión y expresión, derecho de reunión y
asociación pacíficas y derecho a circular libremente, teniendo en cuenta las
obligaciones internacionales asumidas por el Estado argentino en el ámbito de
los derechos humanos, sus principios constitucionales y los elementos básicos
de su sistema jurídico, en particular el art. 9 del ACUERDO DE ESCAZÚ
incorporado por Ley nacional 27.566.
De lo contrario, los hacemos responsables por su omisión en actuar de manera
oportuna y efectiva, desconociendo el ordenamiento jurídico ambiental, derechos de
rango constitucional reconocidos además por tratados internacionales vigentes en el
país, y la jurisprudencia sentada por la Corte Suprema, dilatando los procesos judiciales
con requerimientos que no se encuentran previstos en norma alguna, exigiendo una
prueba imposible y usando las facultades que les otorgan las leyes ambientales
para mover la balanza en favor de los intereses corporativos e inconstitucionales.
Todo ello, mientras se afectan derechos humanos no sólo de esta generación sino
también de las generaciones futuras, a quienes les quedará, con suerte, un ambiente
enfermo, fragmentado y con una irreversible deuda de extinción.
Ruta 5 Km 46, Valle de Paravachasca, provincia de Córdoba, 14 de Marzo del 2022.-
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#LaJusticiaSelectivaNoEsJusticia
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